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Que son los Espacios Confinados?

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Un recinto o espacio confinado es “cualquier espacio total o parcialmente cerrado, con aberturas limitadas de entrada y salida, y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables, o tener una atmósfera
deficiente en oxígeno, y que no está concebido para una ocupación continuada por
parte del trabajador”.

Son lugares en los que sin embargo es necesario puntualmente, acceder o transitar por ellos para efectuar diversas labores (mantenimiento, limpieza, tomas de datos…) de manera más o menos frecuente.
No obstante, las empresas podrán considerar como espacios confinados, aquellos
lugares que aún no cumpliendo la definición anterior, así lo consideren por su
peligrosidad.
Debido a lo poco concreto de la definición de espacio confinado, serán las empresas
quienes deban realizar una clasificación de los diferentes lugares de trabajo. Tras un
exhaustivo análisis de su configuración, dificultad de evacuación, peligros objetivos y
peligros potenciales, serán definidos como espacios confinados o no confinados.
Para saber si un lugar debe considerarse espacio confinado o no, habrán de hacerse
tres preguntas básicas:

  • ¿Esta total o parcialmente cerrado?
  • ¿Ha sido concebido y construido para una ocupación continuada?
  • ¿Presenta o puede presentar atmósferas peligrosas (contaminantes tóxicos,
    sustancias inflamables o deficiencia de oxígeno)?
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A la hora de definir si un lugar está total o parcialmente cerrado, se tendrá que
considerar si el mismo tiene aberturas limitadas de entrada y salida, y si la ventilación
natural es desfavorable.
En cuanto a las aberturas limitadas de entrada y salida, el problema radica en definir lo que se considera limitada y lo que no. Se acepta de forma generalizada que dicha
limitación no ha de basarse solamente en el tamaño de las mismas, sino que hay que
tener en cuenta la dificultad en cuanto al acceso al recinto. De esa manera pueden
definirse como confinados, lugares que a pesar de poseer una entrada de gran tamaño, la evacuación del mismo en caso de emergencia puede resultar dificultosa o precisar de mucho tiempo (pozos, galerías profundas…).

Se estima que un nivel de ventilación adecuado en el interior de un lugar de trabajo,
supone una renovación mínima de 50 metros cúbicos de aire limpio por hora y
trabajador. Si no se puede garantizar dicho flujo de aire limpio en el interior de un
recinto, este se considerará como desfavorablemente ventilado. La dificultad radica en calcular dicho flujo, teniendo en cuenta que en la mayoría de los casos este variará en función del tamaño de la entrada y de las condiciones atmosféricas exteriores, por lo que se impone una estimación por parte de los técnicos que analizan dicho lugar. Si se tratase de un recinto donde no se llega a este nivel de flujo atmosférico con el interior, se deberá considerar que está parcialmente cerrado y que por tanto puede tratarse de un recinto confinado.

También hay que tener en consideración que dicha definición no tiene en cuenta el
volumen total del recinto confinado. Para un lugar de pequeñas dimensiones puede
resultar una ventilación adecuada, pero no para un recinto confinado de grandes dimensiones, donde 50m3/h/trabajador pueden no garantizar la adecuada ventilación del mismo. Teniendo en cuenta que para las galerías eléctricas se exige una ventilación natural mínima de 6 veces la atmósfera interior por hora, puede tomarse dicho nivel para considerar que un recinto confinado se encuentra bien ventilado, independientemente de su tamaño.

En el caso de las obras de construcción, donde se está acondicionando un lugar de
trabajo concebido para su ocupación, pero donde aún no se ha finalizado su realización, no será necesariamente definido como espacio confinado, si su grado de acabado nos permite una ocupación continuada del mismo. Caso aparte serán las zanjas donde habrá que comprobar la estabilidad de las paredes, la ventilación y los accesos adecuados para definir si son adecuadas para la ocupación de la misma durante el tiempo que duren los trabajos.

En casos de túneles o conducciones de gran tamaño, donde las condiciones de
construcción son tales que no han de considerarse como espacios confinados, pueden existir sin embargo ciertas partes de los mismos (fosos, ramales muertos…) que, debido a condiciones particulares (posible acumulación de tóxicos…) sí deberían de obtener tal consideración.

Si a pesar de haber realizado la evaluación del lugar, sigue sin definirse claramente si
está concebido para una ocupación continuada o no, lo más aconsejable es pasar a la
siguiente pregunta. ¿Existen atmósferas peligrosas? En caso de una respuesta negativa el espacio será clasificado como “no confinado”. En caso de una respuesta positiva, lo más recomendable es actuar como si se tratase de recintos confinados y tomar todas las medidas concebidas para evitar los accidentes en este tipo de lugares.

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